El pasado miércoles 21 de abril de 2021 en una sesión permanente se estableció nuevo estado de excepción debido al análisis de los informes técnicos relacionados a la situación epidemiológica. En esta sesión se habló del impacto en las diferentes esferas de la nueva variante del Covid-19. En donde se destacó puntos como: saturación de ocupación hospitalaria, escasez de insumos médicos y medicamentos por falta de oferta a nivel global, inconductas ciudadanas, el incremento y velocidad de los contagios, la desobediencia ciudadana y el relajamiento en medidas de autocuidado.
Llegando a la conclusión de que las medidas actuales no son suficientes para contener los efectos de la pandemia en Ecuador. Haciendo indispensable adoptar medidas más estrictas e inmediatas que mejoren la seguridad sanitaria. Basándose en el objetivo de precautelar la salud y bienestar de la población ecuatoriana sobre todo los grupos vulnerables. Como resultado de la sesión se ve justo y necesario iniciar un cuarto estado de excepción.
¿Cuándo y a quienes aplica el estado de excepción?
Un estado de excepción de 28 días desde el viernes 23 de abril desde las 20h00, hasta el jueves 20 de mayo 23h59. Se busca focalizar las medidas en las siguientes provincias
Azuay | Imbabura | Loja | Manabí |
Santo Domingo de los Tsáchilas | Guayas | Pichincha | Los Ríos |
Esmeraldas | Santa Elena | Tungurahua | Carchi |
Cotopaxi | Zamora Chinchipe | El Oro | Sucumbíos |
A estas 16 provincias del país se les enfatiza la adopción de medidas extraordinarias dentro de lo contemplado en la Constitución de la República del Ecuador.
¿Cómo será el toque de queda?
- De lunes a jueves el toque de queda comenzará desde las 20h00 y finalizará a las 05h00.
- Y de viernes a domingo, se aplicará una restricción de movilidad absoluta en la cual el toque de queda será ininterrumpido. Este iniciará a las 20h00 del día viernes y finalizará a las 05h00 del día lunes.
Aplicará también al feriado del sábado 01 de mayo de 2021, que a pesar de ser un día de descanso obligatorio, se deberá cumplir con el toque de queda.
¿A qué personas o actividades se les permite la movilización?
Las personas y actividades que se presentarán a continuación deberán de tener un documento certificante que valide y acredite su circulación. Como son:
- Credencial profesional o institucional.
- RUC, RISE o Guía de remisión.
- Pasajes del titular o tickets de embarque.
- Turno para vacunación.
- Cita médica verificable.
Las personas y actividades que se les permite saltarse el toque de queda son las siguientes:
- Servicios de salud de la red pública integral y de la red privada complementaria.
- Seguridad pública, privada, servicios de emergencias y agencias de control.
- Sectores estratégicos.
- Servicios de emergencia vial.
- Sector exportador y toda su cadena logística.
- Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.
- Provisión de alimentos y bebidas, incluido transporte y comercialización.
- Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios incluidos su transporte y comercialización.
- Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales.
- Trabajadores de los medios de comunicación.
- Plataformas, servicios de delivery y sus empleados acreditados.
- Servicio diplomático, consular y organismos internacionales acreditados en el país.
- Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada.
- Actividades relacionadas al sector financiero- bancario.
- Funcionarios del Consejo Nacional Electoral y Tribunal Contencioso Electoral;
- Abogados.
- Funcionarios de la Corte Constitucional.
- Servidores públicos de la Función Judicial.
- Funcionarios de la Defensoría del Pueblo Procuraduría General del Estado, Asamblea Nacional y Contraloría General del Estado.
- Personas responsables y/o a cargo de la distribución y entrega de alimentación escolar.
- Personas que deban movilizarse a puertos, aeropuertos o pasos fronterizos.
- Personas que tienen agendadas sus citas conforme el plan de vacunación debidamente comprobado con el turno asignado.
- Personas con citas médicas u odontológicas agendadas.
- Demás sujetos y vehículos que determine el Comité de Operaciones de Emergencias Nacional.
- Sectores de la construcción y turismo.
- Industria manufacturera y su cadena conexa.
- Sector Agrícola y agroindustria.
Todo lo que debe saber de este toque de queda
- Los salvoconductos quedan sin efecto, y se prohíbe a los GAD’s la emisión de nuevos salvoconductos.
- El aforo del transporte público cantonal será de máximo 50%. Los transportes intra e inter provincial del 75% a una frecuencia del 50%.
- Aforo del 30% para: establecimientos comerciales, de entretenimiento, patios de comidas, restaurantes, funerarias, iglesias, gimnasios, teatros y cines.
- Para establecimientos de alimentos el límite será del 50% de su aforo.
- Toda reunión social o actividad tanto en espacios públicos como privados están prohibidos en toque de queda.
- Durante los toques que queda no está permitido ir a playas o balnearios. Y en horarios permitiros se limitará y controlará el aforo bajo ciertas medidas.
- Se mantendrá abierto los parques y espacios públicos a excepción de canchas deportivas o lugares donde se practiquen deportes grupales.
Medidas complementarias al estado de excepción
Una vez iniciado el estado de excepción las siguientes medidas aplicarán a todo el país.
- Prohibida la venta de bebidas alcohólicas durante el toque de queda.
- Se mantiene en vigencia los lineamientos de ingreso al país.
- A los GAD’s se les solicita que no están en las 16 provincias suspender el funcionamiento de bares, discotecas y clubes nocturnos durante el tiempo dispuesto para el estado de excepción.
- De igual forma deberán tomar medidas sobre las aglomeraciones y el cumplimiento de medidas de distanciamiento y bioseguridad.
- Se suspenden las clases presenciales de los planes piloto.
Se le solicita encarecidamente a la sociedad y los civiles respetar las medidas y reportar cualquier incumplimiento de las mismas. A fin de controlar y mejorar la situación sanitaria y de pandemia por la que cursa el Ecuador.
Artículos relacionados
- Playas en Ecuador para Visitar cada Feriado
- Restricción Vehicular Desde el 1 al 4 de Abril en Ecuador
Fuente
https://www.gestionderiesgos.gob.ec/resoluciones-coe-nacional-21-de-abril-de-2021/
Este conocimiento es para todos los ciudadanos de cada provincia
Como puedo hacer para entrar a la plataforma de taller virtual
¿Cuál plataforma?